Por tres votos contra dos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró este pasado miércoles inconstitucional la penalización por posesión de más de 5 gramos de marihuana, siempre y cuando esta sea para consumo personal.
Los magistrados se pronunciaron a favor de invalidar una porción del artículo 478 de Ley General de Salud, de acuerdo con la cual se debe castigar con hasta tres años de prisión a quien rebase esa cantidad.
La Corte precisó que serán los fiscales y jueces quienes determinen en cada caso si la droga portada es para consumo personal.