La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la reforma a la Ley de Amparo, iniciativa impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo. El dictamen obtuvo 322 votos a favor, 128 en contra y tres abstenciones, y fue turnado al Senado de la República para su revisión final.
Durante la sesión se presentaron 307 reservas, de las cuales solo tres fueron aprobadas.
El primer cambio sustituye el término “interés público” por “disposiciones de orden público” en el artículo 128, con el objetivo de evitar interpretaciones amplias que permitan negar suspensiones bajo criterios discrecionales. También se eliminó la fracción que hacía referencia a “daños de difícil reparación”, por considerarse ambigua e incompatible con los principios de derechos humanos.
El segundo ajuste, impulsado por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, modifica el artículo 129 para permitir que, cuando una persona ya cuenta con un permiso o concesión y esta es revocada, pueda solicitar una suspensión en el juicio de amparo. El cambio busca diferenciar entre quienes no tienen permiso y quienes sí lo tenían pero fue retirado.
El tercer cambio, propuesto por Hugo Eric Flores Cervantes, precisa que los procesos iniciados antes de la entrada en vigor de la reforma seguirán regidos por la ley anterior, mientras que las actuaciones posteriores se ajustarán al nuevo decreto.
Con estas modificaciones, la Cámara de Diputados busca dotar de mayor claridad y equilibrio a la Ley de Amparo, garantizando la protección de los derechos adquiridos y evitando posibles abusos en la aplicación de suspensiones.